TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES

Estos Términos y Condiciones Generales contienen las condiciones de uso de los servicios proporcionados por Grupo Conektame, S.A. de C.V. (en adelante, “Conekta”) a cualquier negocio que desee acceder a dichos servicios (en lo sucesivo referido como “Negocio” y en conjunto con Conekta las “Partes”) y constituyen un contrato vinculante entre las Partes:

DECLARACIONES

I. Declara el Negocio, que:

a. Es quien acepta los presentes Términos y Condiciones Generales (en lo sucesivo, y en conjunto con los Anexos y los Suplementos referidos como “Contrato”), cuenta con la capacidad suficiente para aceptarlos y obligarse a través de los mismos;

b. La información compartida con Conekta, es veraz y fidedigna y se encuentra vigente y autoriza a Conekta a corroborar en caso de estimarlo conveniente.

c. En caso de realizar alguna actividad regulada, restringida o reservada cuenta con todas las autorizaciones, y/o licencias necesarias por parte de las autoridades correspondientes para llevarlas a cabo.

d. Los recursos que procesará a través de Conekta corresponden al pago de productos o servicios lícitos. e. Es una persona física o moral, según corresponda, que utilizará los Servicios en México.

II. Declara Conekta, a través de su representante, que:

a. Es una sociedad debidamente constituida y existente de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos según consta en la escritura pública número 45,152 otorgada el día 8 de octubre de 2012, ante la fe del Licenciado Marco Antonio Espinoza Rommyngth, titular de la Notaría pública número 97 del Distrito Federal (ahora Ciudad de México), misma que quedó inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio el día 12 de noviembre de 2012 con folio mercantil número 483221-1. 

b. Mediante escritura pública número 49,557 otorgada el día 14 de octubre de 2014, ante la fe del Licenciado Marco Antonio Espinoza Rommyngth, titular de la Notaría pública número 97 del Distrito Federal (ahora Ciudad de México), se ratificó la adopción de modalidad de sociedad anónima de capital variable (S.A). 

c. Sus representantes cuentan con las facultades suficientes para la celebración del presente Contrato.

d. Tiene domicilio en Blvd. Miguel de Cervantes Saavedra 161, Piso 2, Colonia Granada, Miguel Hidalgo, C.P. 11520, Ciudad de México, señalando la siguiente dirección de correo electrónico para recibir notificaciones: legal@conekta.com 

e. Se encuentra debidamente inscrita ante el Registro Federal de Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria con el registro GCO121008MU7. 

DEFINICIONES

Las definiciones expuestas en el “Anexo A” del Contrato podrán ser igualmente aplicadas en la forma singular o plural. Asimismo, para efectos de diferenciación, los términos definidos, serán descritos con la primera letra en mayúscula y únicamente cuando se utilicen con dicho formato es cuando deberán de interpretarse como tales. Expuesto lo anterior, las Partes convienen en celebrar el Contrato de conformidad con las siguientes: 

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO.

El Contrato tiene por objeto que Conekta realice la prestación de los productos o servicios señalados en los Suplementos que forman parte de los presentes Términos y Condiciones.

SEGUNDA. CONTRAPRESTACIÓN.

El Negocio pagará la cantidad que sea calculada de acuerdo con el tabulador, comisiones y pagos descritos en https://www.conekta.com/pricing. Conekta generará de manera mensual un comprobante fiscal que cumpla con las disposiciones vigentes dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de cada mes por las comisiones cobradas por Conekta durante el mes previo. El comprobante fiscal estará disponible en el Panel.

Los comprobantes fiscales serán emitidos únicamente en beneficio del Negocio cuyo nombre figure en el sistema de Conekta. 

Conekta podrá modificar unilateralmente las comisiones notificando con treinta (30) días naturales previo a la fecha en que surtan efectos. En caso de que el Negocio no estuviera de acuerdo con dicho cambio podrá dar por terminado el Contrato sin responsabilidad alguna, mediante aviso con al menos diez (10) días de anticipación a la fecha en que surta efectos el cambio de comisiones.

Las Partes convienen que el monto de las comisiones fijas podrá incrementarse de forma anual a partir del segundo año, en el mes de enero de cada año, tomando como base el Índice Nacional de Precios al Consumidor que emite el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, o por el indicador que al efecto lo sustituya, relativo a los  doce (12) meses anteriores a dicho incremento; caso en el cual bastará una notificación mediante comunicación con 10 (diez) naturales previos a la fecha en que dichos cambios surtan efecto, pudiendo el Negocio terminar el Contrato sin responsabilidad alguna, por no estar de acuerdo con la modificación, mediante aviso con al menos diez (10) días de anticipación a la fecha en que surta efectos el cambio de comisiones fijas

TERCERA. DISPERSIÓN.

El Negocio acepta y reconoce que todas las comisiones a pagar a Conekta serán retenidas del Saldo. Por lo anterior, Conekta transferirá a la cuenta bancaria del Negocio el importe total que los Clientes del Negocio procesen, restando la comisión correspondiente, y los cargos que apliquen de conformidad a estos Términos y Condiciones.

El Negocio deberá proporcionar a Conekta los datos de una cuenta bancaria, la cual debe estar aperturada en México y registrada a nombre del Negocio. En caso de que Conekta lo autorice expresamente, el Negocio podrá registrar una cuenta bancaria distinta a través del Usuario Administrador en el Panel. Esta cuenta estará sujeta a un proceso de activación por parte de Conekta, el cual podrá tomar hasta cinco (5) días hábiles. Es indispensable que la nueva cuenta también esté a nombre del Negocio. De no cumplirse esta condición, Conekta podrá tomar las medidas y/o acciones correspondientes conforme a lo estipulado en el presente Contrato. Sin embargo, Conekta no responderá por depósitos efectuados a cuentas erróneas, inhabilitadas, congeladas, suspendidas y demás cuentas que impidan realizar el depósito por información incorrecta proveída por el Negocio. El primer depósito que se haga a una nueva cuenta toma 2 (dos) días hábiles adicionales a lo indicado en el Contrato.Todos los pagos serán depositados una vez que los Proveedores de Pago hayan transferido a Conekta los montos procesados.

En caso de que un pago no sea depositado a tiempo en el Saldo por una falla o retraso por parte de los Proveedores de Pago, Conekta no será responsable, de ser el caso, Conekta notificará a el Negocio y hará su mejor esfuerzo para solucionarlo. Por lo que, Conekta renuncia y rechaza toda responsabilidad u obligación por la referida dependencia de terceros.

Ciertos componentes de los servicios pueden ser proporcionados por terceros o depender de ellos (por ejemplo, Proveedores de Pagos, sistemas de tarjetas de pago, Bancos Adquirentes, proveedores de servicios de internet, bancos, redes de procesamiento, sistemas de transferencia de dinero, bases de datos externas, establecimientos, etc.) y están sujetos a la solvencia, actos u omisiones, rendimiento, disponibilidad, niveles de servicio, términos y condiciones y, cuando corresponda, la disponibilidad de los fondos procesados mantenidos con dichos terceros en caso de que un tercero se vuelva insolvente o no esté disponible (por ejemplo, bancos liquidadores), Conekta renuncia y rechaza toda responsabilidad u obligación por la referida dependencia de terceros.

CUARTA. VIGENCIA.

El Contrato tiene vigencia indefinida, cualquiera de las Partes podrá terminar el Contrato unilateralmente, por cualquier causa y sin necesidad de justificación alguna, mediante notificación por escrito, con al menos treinta (30) días naturales de anticipación de conformidad con la cláusula referente a notificaciones.

En caso de terminación anticipada del Contrato, subsistirán las obligaciones de las Partes que se encuentren pendientes de cumplimiento, así como las obligaciones de Contracargos, deudas y confidencialidad previstas en el Contrato. 

QUINTA. MODIFICACIONES.

Cualquier modificación que pretenda realizar Conekta, deberá ser notificada con diez (10) días naturales de anticipación al Negocio, quien, de no oponerse por escrito dentro de este plazo, se tendrá por aceptado su consentimiento de forma tácita.

SÉXTA. CESIÓN.

El Negocio no podrá ceder total o parcialmente sus derechos, obligaciones o intereses establecidos en el Contrato, salvo autorización expresa de Conekta. El Negocio autoriza a Conekta a ceder sus derechos, obligaciones o intereses establecidos en el Contrato, siempre y cuando el tercero a quien se ceda el Contrato garantice la calidad y continuidad de los servicios.

SÉPTIMA. SERVICIO AL CLIENTE.

Conekta brindará servicio de atención al Negocio únicamente en temas relacionados a quejas o dudas referentes a los servicios que presta Conekta a el Negocio. Conekta mantendrá un catálogo de preguntas frecuentes y soporte en https://help.conekta.com/hc/es-419

Para contactar al soporte de Conekta bastará con que el Negocio escriba a través del chat que se encuentra dentro del Panel, o bien, que envíe un mensaje a través del servicio de mensajería Whatsapp al número 5518417757.

OCTAVA. SUSPENSIÓN Y BAJA DE CUENTAS.

Conekta podrá: i) suspender de manera preventiva la cuenta en Modo Producción del Negocio; y/o ii) deshabilitar de manera individual los productos contratados por el Negocio en los siguientes supuestos:

a. Si el Negocio ofrece sus productos o servicios, establece un domicilio y/o tiene nacionalidad respecto algún País de Origen Prohibido;

b. Si el Negocio comparte con Conekta documentos falsos o alterados;Si Existe evidencia de Actividades no Autorizadas en la Cuenta del Negocio;

c. Si el Negocio no otorga los servicios o productos pagados a través de Conekta que hayan sido adquiridos por sus Clientes;

d. Si Conekta recibe solicitud de baja de una cuenta del Negocio por parte de alguno de los Proveedores de Pagos, incluyendo de forma enunciativa más no limitativa, por razones relacionadas con temas de lavado de dinero, fraude y comercio electrónico transfronterizo.

e. Si Conekta tiene una sospecha de que el Negocio realiza actividades relacionadas con cualquier tipo de delito, incluido, pero no limitado a fraude o lavado de dinero, así como comercio electrónico transfronterizo.

f. Si Conekta detecta que el Negocio está siendo víctima de un posible fraude de compras por internet.

g. Si el Negocio impacta negativamente, a discreción de Conekta, la marca de Conekta y/o de algún Proveedor de Pago y/o de algún tercero relacionado con la red de medios de disposición.

h. Si el Negocio no remite a Conekta, en el momento que este último lo requiera, el documento que acredite que el Negocio mantiene vigente su Certificación PCI DSS.

i. Si el Negocio incumple con las prohibiciones señaladas en los Suplementos.

El Negocio contará con diez (10) días hábiles a partir de la suspensión para exhibir cualquier prueba que aclaren los hechos que dieron pie a dicha suspensión, de no lograr desacreditar la causa de la suspensión o comprobar lo contrario, la cuenta será dada de baja, o bien; de lograr desacreditar los hechos que originaron la suspensión se reactivará la cuenta o servicio una vez concluidos los análisis necesarios. Conekta se reserva el derecho a no conceder esta prerrogativa al Negocio en los supuestos relacionados a los incisos e), f) y g) anteriores. 

Adicionalmente, Conekta podrá suspender o dar de baja una cuenta en Modo Producción a solicitud del Negocio o por inactividad por más de doce (12) meses en la cuenta.  

NOVENA.RESCISIÓN.

En caso de incumplimiento al Contrato, Conekta podrá dar aviso por escrito a el Negocio, para que en un plazo de cinco (5) días hábiles pueda subsanarlo.

Sin perjuicio de lo anterior, Conekta podrá dar por rescindido el Contrato y sin necesidad de declaración judicial, por cualquiera de las siguientes causas:

a. Por incumplimiento de alguna de las obligaciones derivadas del Contrato.

b. Que el Negocio:

i) esté constituyendo una infracción o falta a la ley, orden público y/o buenas prácticas comerciales que pueda afectar a la otra Parte;

ii) esté iniciando o esté sujeto a un proceso de disolución o liquidación; 

iii) sea objeto de una sanción administrativa que tenga por efecto o lo sujete a cualquier medida de intervención gubernamental.

c. Igualmente si Conekta detecta que el Negocio desempeña actividades ilícitas, Actividades no Autorizadas, o que requieren autorizaciones con las que no cuenta, en contravención a lo declarado en el Contrato, el mismo quedará rescindido inmediatamente quedando obligado a sacar en paz y a salvo a Conekta respecto de cualquier reclamación y/o acción legal de autoridades federales, locales o cualquier otro ente público o privado, derivadas de la prestación del servicio de aceptación de pago ante dichas actividades. 

En caso de rescisión del Contrato, subsistirán las obligaciones que se encuentren pendientes de cumplimiento, así como las obligaciones de confidencialidad.

DÉCIMA. PROHIBICIONES.

Se prohíbe la utilización de la Plataforma para transacciones de cualquier sitio de internet que contenga, permita o realice cualquier Actividad no Autorizada o cualquier actividad contraria a las disposiciones legales y administrativas. 

En caso de que se determine que el sitio de internet donde se transacciona por medio de Conekta, realiza alguna de las actividades anteriormente descritas o se tiene la sospecha fundada de comportamientos fraudulentos o que atenten contra la imagen de Conekta, sus accionistas, controladores, controladas, filiales o subsidiarias, funcionarios, empleados, directores, agentes, sus usuarios y terceros, Conekta se reserva el derecho de iniciar las acciones judiciales o extrajudiciales que considere pertinentes y se sujetará al procedimiento descrito en la cláusula “Suspensión y Baja de Cuentas”. 

Queda estrictamente prohibido revender los servicios, prestar los servicios a otros negocios.

DÉCIMA PRIMERA. PLATAFORMA.

Conekta podrá modificar unilateralmente y sin previo aviso, atributos y características de la Plataforma con el fin de mejorar la experiencia del Negocio, la seguridad y para dar cumplimiento con requerimientos de Autoridades y Proveedores de Pagos.Conekta cuenta con todas las Certificaciones de seguridad para salvaguardar la confidencialidad y privacidad de la información de la Cuenta del Negocio.

DÉCIMA SEGUNDA. OBLIGACIONES RELATIVAS A LA ACTIVIDAD DE EL NEGOCIO.

El Negocio es enteramente responsable de cumplir con todas las obligaciones regulatorias, legales o de cualquier otra índole relativas a las actividades mercantiles que realice de forma habitual conforme a su objeto social y/o actividad económica; por lo que durante la vigencia del Contrato, deberá mantener vigentes todas las autorizaciones, licencias y/o permisos que le sean aplicables conforme a la legislación vigente que regule su actividad, así como los establecidos por las autoridades competentes. 

El Negocio autoriza a Conekta realizar el pago de las comisiones, multas y/o cuotas establecidas (así como cualquier cargo o gasto que en su caso se generen) por los Adquirentes y/o Emisores, en caso de que, estos últimos consideren que, el tipo de actividad que realiza el Negocio sea vulnerable o de alto riesgo.

Conekta tendrá la facultad de descontar del Saldo del Negocio la comisión, multa o cuota cobrada por los Emisores y/o Adquirentes (así como cualquier cargo o gasto que en su caso se generen) en caso de que sea aplicable y deberá notificar al Negocio de conformidad a lo establecido en la Cláusula Vigésima del presente Contrato. 

Como condición para recibir los servicios, el Negocio deberá asumir y cumplir los términos del presente Contrato, así como las políticas, directrices e instrucciones razonables que Conekta pueda emitir o poner a su disposición oportunamente. El Negocio deberá demostrar a Conekta el cumplimiento de lo anterior de la manera apropiada cuando este lo solicite. Es posible que se exija a los Negocios de determinadas líneas de negocio que firmen reconocimientos y compromisos adicionales o distintos, los cuales se facilitarán por separado. Conekta tendrá derecho a realizar auditorías operativas, normativas y/o financieras al Negocio en cualquier momento previo aviso al respecto al Negocio.

DÉCIMA TERCERA. USUARIOS DE LA PLATAFORMA.

A través de sus Usuarios Administradores, el Negocio podrá crear, editar y eliminar Usuarios de la Plataforma. Toda actividad realizada por los Usuarios de la Plataforma que el Negocio haya activado en su Cuenta generará obligaciones entre el Negocio y Conekta, por lo que el Negocio será responsable de las actividades que éstos realicen en la Plataforma. 

DÉCIMA CUARTA. PANEL.

Al registrar una Cuenta, el Negocio tendrá acceso al Panel. El Panel brinda la posibilidad a el Negocio de visualizar toda la información referente a sus Transacciones, incluyendo lo siguiente:

a. Las unidades de negocio con las que cuenta, es decir en el caso de que tenga más de una compañía puede visualizar la información por compañía con las mismas credenciales.

b. Todas las ventas generadas, intentos de compra y cargos rechazados en tiempo real, así como contracargos y realizar reembolsos parciales o totales.

c. El Saldo.

d. Su tasa de aceptación.

e. Funcionalidades específicas dependiendo de los productos que el Negocio tenga contratados en Conekta.

El Negocio acepta y reconoce que Conekta no se hace responsable por notificaciones de pago hechas por otros sistemas, suplantando a Conekta donde notifican que los pagos ya fueron realizados; el único medio oficial de notificación para acreditar una transacción exitosa será la API o el Panel de Conekta. 

El Negocio acepta y reconoce que Conekta podrá usar los mensajes a través del Panel para realizar cualquiera de las notificaciones de que trata este Contrato.

DÉCIMA QUINTA. CONSULTA DE MOVIMIENTOS.

El Negocio podrá realizar la consulta de los movimientos de sus servicios a través del Panel, por lo que tendrá visibilidad de los movimientos generados en cualquier momento. Adicionalmente, Conekta emitirá y pondrá a disposición del Negocio a través del Panel, un Estado de Cuenta por cada una de las cuentas aperturadas a nombre del Negocio, dicho documento será emitido dentro de los primeros 5 (cinco) días de cada mes. 

Si existieran dudas respecto al Estado de Cuenta, se tendrá el derecho a solicitar la aclaración a través de los medios de contacto descritos en la Cláusula Octava, dentro de los 90 (noventa) días siguientes a la emisión del Estado de Cuenta sujeto a aclaración. Conekta dará respuesta a las aclaraciones en un tiempo máximo de 8 (ocho) días hábiles. Todas las peticiones o aclaraciones deberán de enviarse con datos específicos acerca del asunto de que se trate, incluyendo: (i) fecha del movimiento, (ii) monto del movimiento, (iii) descripción detallada de la inconformidad, (iv) petición, (v) número de ticket, (vi) comprobante de ticket de compra e (vii) información del establecimiento. 

DÉCIMA SEXTA. INTEGRACIÓN DE LOS SERVICIOS.

Las Integraciones tecnológicas puestas a disposición por Conekta se regirán bajos los siguientes principios: 

a. El Negocio es responsable de implementar el Plugin o API, y en caso de requerirse deberá contar con un programador o agencia de programación para integrar el Software.

b. Los Plugins son diseñados para ser compatibles con versiones específicas de las plataformas de comercio electrónico, Conekta se reserva el derecho de actualizar las versiones más recientes cuando así lo considere o sea requerido por las plataformas. 

c. Conekta no dará soporte a versiones del Plugin para plataformas de comercio electrónico que estén obsoletas. 

d. Conekta no brindará versiones personalizadas a nivel código o funcional que el Negocio o el equipo contratado por el Negocio requiera por reglas de negocio personalizadas.

e. Conekta no brindará soporte a versiones de lenguaje de programación, bases de datos o versiones de la API de las plataformas que estén obsoletas.

f. Conekta brindará soporte a sus productos en versiones vigentes y en los tiempos de respuesta definidos.

g. Es obligación del Negocio mantener buenas prácticas y estándares en su sitio web, tienda o cualquier elemento digital que incluya a Conekta como un método de pago, y se reserva el derecho de evaluar dichos estándares durante su proceso de integración.

h. La existencia de otros elementos externos que conflictúan con la usabilidad, configuración y funcionalidad de los productos de Conekta integrados por el Negocio, podrán ser sujetos a investigación y dependiendo del dictamen técnico, podrían o no, ser sujetos a mejoras o modificaciones por parte del Negocio. 

i. La integración de los productos proporcionados por Conekta, es gratuita y su documentación se encuentra publicada en la web https://developers.conekta.com/. 

j. Conekta se reserva el derecho de cambiar el lenguaje de programación y/o arquitectura de cualquiera de sus productos. 

k. Conekta no asume ninguna responsabilidad por la integración, la operación y/o funcionamiento de las Integraciones que sean realizadas erróneamente y/o sin notificación por parte del Negocio.

l. Para el caso de integración de procesamiento con tarjetas, Conekta no prestará los servicios si el Negocio no utiliza el procedimiento de Tokenización acordado con Conekta y si no cuenta con un certificado SSL en los elementos técnicos donde se genera el cobro, además de aquellas medidas que Conekta considere para asegurar que el Negocio cumple con las medidas de seguridad necesarias.

m. Cualquier operación realizada con las Llaves API productivas de la Cuenta del Negocio será considerada como una operación auténtica. El Negocio es el único responsable de resguardar sus contraseñas y Llaves Privadas API, además de utilizar protocolos de seguridad que impidan que terceros tengan acceso a la información de su cuenta.

n. El Negocio será el responsable de actualizar sus Llaves API una vez que su cuenta se encuentre en Modo Producción. 

Es obligación del Negocio por medio del correo del Usuario Administrador notificar a través de los medios de contacto descritos en la Cláusula Séptima en el momento que se sospeche que la Llave Privada API fue obtenida por un tercero y requiere que las Llaves API sean bloqueadas. En el caso de usos no autorizados, es obligación del Negocio realizar una disputa a través del correo electrónico anteriormente mencionado, en cuyo caso, si la actividad fue llevada a cabo sin que se hubieran vulnerado los sistemas de seguridad de Conekta, o bien si fue efectuada por un tercero a quien se compartió o se dio acceso a la Llave Privada API, contraseña por algún error humano o vulnerabilidad de seguridad en los sistemas del Negocio, el mismo se deberá hacer responsable por los cargos efectuados o actividades realizadas por terceros con sus Llaves API. 

En caso de requerir el reemplazo de las Llaves API, Conekta cancelará las anteriores y entregará nuevas sin costo alguno. Para tramitar un reemplazo, el Negocio deberá requerirlo por los medios disponibles que Conekta pone a su disposición.

DÉCIMA SÉPTIMA. PROPIEDAD INTELECTUAL.

El Negocio acepta que todos los servicios prestados, la Plataforma y Material Audiovisual generado por Conekta son propiedad de Conekta, manifestando este último que es titular o licenciatario de los mismos y que no contraviene derechos de terceros. 

Conekta otorga a el Negocio una licencia temporal, no exclusiva, revocable, intransferible y limitada a lo establecido en el presente Contrato para utilizar la Plataforma de Conekta. La Plataforma únicamente puede ser utilizada por aquellos Usuarios que el Usuario Administrador autorice.

El Negocio acepta que no se le confieren derechos de propiedad sobre la Plataforma.El Negocio otorga mediante el presente Contrato a Conekta para hacer uso de su imagen, logotipo, nombre comercial, razón social, marcas y/o la de terceros relacionados al Negocio, de forma temporal, gratuita, revocable, no exclusiva y no transferible (sujeto a la excepción del presente párrafo) con el objetivo de promover la presente alianza, de forma comercial, con fines promocionales y de mercadotecnia, que de forma enunciativa más no limitativamente pudieran ser la creación de casos de éxito, documentos técnicos (whitepapers), material publicitario, para ofertas y otros materiales de comunicación. La presente autorización es suficiente para hacer uso de lo anterior, sin necesidad de autorización posterior por parte del Negocio. Esta autorización se hace extensiva a los Proveedores de Pago, afiliaciones y cualquier otra persona interesada que pudiera hacer uso de un Material Audiovisual del Negocio, imagen, logotipo, nombre comercial, razón social, marcas o la de terceros relacionados al Negocio, siempre y cuando, de igual forma estos últimos se sujeten a las limitaciones y obligaciones establecidas en el presente Contrato. 

Asimismo, Conekta otorga mediante el presente Contrato al Negocio para hacer uso de su imagen, logotipo, nombre comercial y/o razón social, o la de terceros relacionados de Conekta, de forma temporal, gratuita, no exclusiva y no transferible para los fines que se describen en el presente Contrato. 

A su vez, la autorización en relación con el Material Audiovisual que se pretenda utilizar es con el objetivo de utilizar la imagen, logotipo, nombre comercial y/o razón social, o la de terceros relacionados para fines publicitarios en diferentes medios. Para la generación de Material Audiovisual con contenido de Conekta, el Negocio deberá apegarse a los lineamientos del Manual de Uso de Marca. Asimismo, Conekta deberá apegarse a los lineamientos o manual de uso de marca que el Negocio le proporcione (en su caso, siempre y cuando, sea proporcionado por el Negocio con anticipación). La Parte que pretenda utilizar algún Material Audiovisual deberá someterlo a la aprobación de la otra mediante correo electrónico y por los menos 5 (cinco) días hábiles previos a su lanzamiento. 

Cada una de las Partes contará en todo momento con la facultad de supervisar el uso adecuado de sus logos y marcas, y los de terceros relacionados, y podrá revocar en cualquier momento la autorización de uso mediante notificación realizada por correo electrónico, misma que deberá ser acatada dentro de un plazo máximo de 3 (tres) días hábiles contadas a partir del envío de la notificación. 

Conekta y el Negocio se comprometen a no divulgar Información Confidencial de ninguna de las Partes en material de mercadotecnia, a menos que dicha información haya sido aprobada por escrito por el Negocio o por Conekta, o esté excluida de la confidencialidad según el acuerdo entre ambas Partes. La información compartida en cualquier material deberá evitar revelar operaciones clave, estrategias o cualquier aspecto que pueda comprometer la seguridad o la ventaja competitiva de Conekta o del Negocio.

Las Partes reconocen que cada una de ellas es la única y exclusiva titular de los derechos autorales, de imagen y los derechos de divulgación, integridad y propiedad del Material Audiovisual que generen. Asimismo, las Partes reconocen que esta cláusula no podrá interpretarse como cesión de derechos.Las Partes aceptan respetar los derechos de propiedad intelectual que les sean ajenos y se abstendrán de dar un fin distinto a los autorizados por el titular de las imágenes, textos, códigos, bases de datos o cualquier otro contenido que pueda considerarse propiedad intelectual. 

DÉCIMA OCTAVA. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

Las Partes manifiestan que los datos personales y datos sensibles que se proporcionen serán utilizados únicamente para los fines que correspondan en los términos del Contrato y serán tratados de conformidad con la LFPDPPP y su Reglamento.

Conekta tratará los datos personales en apego a su Aviso de Privacidad, el cual se encuentra disponible en https://www.conekta.com/legal/privacy (https://www.conekta.com/legal/privacy). El Negocio deberá leer el Aviso de Privacidad para conocer con exactitud las finalidades para las cuales Conekta trata los datos personales, las entidades con quienes puede llegar a compartirlos y la forma en la que se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. El Negocio entiende que, para la prestación de los servicios, Conekta comparte cierta información, la cual puede comprender datos personales, con los Proveedores de Pago o con cualquier otro tercero proveedor de Conekta, por lo que, de acuerdo con el artículo 76 bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, el Negocio otorga su consentimiento expreso para que Conekta comparta la información con dichos terceros.

Las Partes reconocen y aceptan que, para el cumplimiento del presente Contrato, Conekta tratará datos personales de usuarios finales y terceros, incluyendo los datos personales de los Clientes. Conekta será responsable del tratamiento de dichos datos personales siempre que tome decisiones sobre el mismo. Cuando el tratamiento de los datos personales se realice exclusivamente para dar cumplimiento al Contrato, el Negocio asume la calidad de Responsable del tratamiento de los datos personales y Conekta la calidad de Encargado de los datos personales que reciba del Negocio y/o de los terceros. 

En consecuencia, el Negocio se obliga a informar a sus Clientes sobre los servicios de Conekta en el documento que regule su relación comercial y en el aviso de privacidad que les dé a conocer. En relación con los datos financieros o patrimoniales de los Clientes, Conekta actuará como Responsable de su tratamiento, al amparo de las certificaciones sobre seguridad y manejo de datos con las que cuenta. En caso de que el Negocio o algún tercero llegue a tener acceso a los datos personales de los Tarjetahabientes, el Negocio deberá informar a Conekta para que ésta, a su vez, pueda informarlo a cualquier Proveedor de Pago que corresponda. 

Las Partes acuerdan que, una vez terminado el Contrato, Conekta deberá cancelar los datos personales del Negocio, siempre y cuando dichos datos personales no sean necesarios para cumplir con cualquier obligación legal que le sea aplicable. En cualquier caso, Conekta deberá cancelar los datos personales del Negocio en un plazo no mayor a diez (10) años después de la terminación del Contrato. 

Conekta se compromete a cumplir con el deber de seguridad establecido en el artículo 19 de la LFPDPPP, aplicando a los datos personales a los que les de tratamiento, las medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas que permitan proteger los datos personales contra daño, pérdida, alteración, destrucción o el uso, acceso o tratamiento no autorizado. 

El Negocio declara que no se encuentra registrado en el Registro Público de Consumidores de la Procuraduría Federal del Consumidor, y en caso de encontrarse inscrito en el mismo, para efectos de los dispuesto en los artículos 16, 18 y 18bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, el Negocio otorga su consentimiento expreso y aceptación para recibir información con carácter o fines mercadotécnicos o publicitarios. 

DÉCIMA NOVENA. CONFIDENCIALIDAD.

Las Partes acuerdan que toda información entregada o divulgada durante la vigencia del Contrato a sus respectivas afiliadas, directores, representantes, consejeros, personal y comisionistas, se le dará trato de información confidencial, salvo que se indique lo contrario. 

Las Partes se obligan a mantener la confidencialidad de dicha información durante la vigencia del Contrato y por un tiempo de cinco (5) años posteriores a su terminación, no obstante, cualquier información que sea considerada secreto industrial en términos de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial no perderá el carácter de confidencial.

No obstante, lo anterior, las Partes podrán divulgar la información confidencial que sea requerida por ley, orden judicial, o por requerimiento de cualquier Proveedor de Pago o por requerimiento de cualquier autoridad administrativa.

En caso de que se revele información por orden judicial se deberá notificar a la Parte dueña de la información en un período de tiempo que no excederá de cinco (5) días naturales a partir de cuando dicha información confidencial sea requerida para que ésta tome las medidas que considere pertinentes, explicando qué autoridad y bajo qué criterio. Las Partes se obligan a tomar las medidas necesarias para proteger la información confidencial, y a proporcionar únicamente la información que le haya sido requerida.

No será considerada como información confidencial aquella información que sea desarrollada independientemente por cualquiera de las Partes sin el uso o soporte de la información confidencial, o que se haya recibido libre de restricción por parte de un tercero que tenga derecho o licencia para divulgar dicha información, que posteriormente se convierta en información del dominio público, sin que la parte receptora de la información haya violado este acuerdo, o que al momento de haberse divulgado ya fuera del conocimiento de la otra Parte en forma libre de restricción.

VIGÉSIMA. NOTIFICACIONES.

Todas las notificaciones o avisos que se contemplan en este Contrato, se harán por escrito, se enviarán a los domicilios o correos electrónicos señalados en el proceso de registro (o en las declaraciones), o demás mecanismos de información y comunicación a los que puede acceder el Negocio (ejemplo avisos en el Panel), según corresponda.

Toda la correspondencia y todos los avisos que se hagan en los domicilios antes referidos tendrán plenos efectos, a menos que cualquiera de las Partes comunique a la otra con por lo menos diez (10) días naturales de anticipación su cambio de domicilio, caso en el cual, la correspondencia se dirigirá al nuevo domicilio. 

Las notificaciones realizadas en el domicilio de las Partes serán efectivas al momento de su entrega ya sea de forma personal con acuse de recibo, las notificaciones digitales surtirán efectos al momento en que se publiquen en el Panel o en el momento en que sea enviado por correo electrónico, ajustándose a lo que señala el Código de Comercio en materia de mensajes de datos.

Cualquier cambio o actualización en la naturaleza de los productos o servicios deberá ser notificada por el Negocio con 5 (cinco) días naturales antes de que surta efectos dicho cambio. 

VIGÉSIMA PRIMERA. PREVENCIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA.

En este acto el Negocio reconoce que a esta fecha:

(i) no ha llevado a cabo directamente, ni a través de sus Colaboradores, ni ha permitido que cometan o lleven a cabo, en su representación o por su cuenta y para su beneficio, actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves de conformidad con la LGRA y/o las Leyes Penales; 

(ii) cumple con todas las leyes nacionales aplicables en materia de lucha contra la corrupción; 

(iii) no ha autorizado a realizar ni efectuado, por sí o a través de los Colaboradores, pagos, regalos, cualquier tipo de oferta, promesa de pago o dádivas de cualquier tipo, en relación con este Contrato, a nombre o en representación del Negocio o de sus empresas filiales o subsidiarias, a cualquier servidor público o cualquier persona para influenciarlo a obtener algún beneficio, provecho o ventaja para sí o en favor de terceros, con la finalidad de asegurar alguna ventaja indebida para el Negocio en violación a las leyes aplicables en materia de lucha contra la corrupción; y 

(iv) que ni el Negocio ni cualquiera de los Colaboradores ha lesionado, dañado o amenazado con lesionar o dañar, directa o indirectamente a cualquier persona o bienes de la misma con el objetivo de influenciar en las acciones de dicha persona. 

En virtud de que el Negocio: (a) se obliga a no realizar actos de corrupción u operaciones ilícitas en la prestación de los servicios; y (b) cumple con todas las obligaciones a las que actualmente se encuentra sujeto el Negocio por las leyes o disposiciones legales relacionadas con la prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita, financiamiento al terrorismo y/o lucha contra la corrupción, a esta fecha el Negocio no se encuentra en violación de ninguna ley o disposición legal relacionada con dichas materias, incluyendo sin limitar, las disposiciones establecidas en: (i) los artículos 139 Quáter, 222, 222 Bis, 400 Bis y demás aplicables del CPF; (ii) los artículos 65 a 72 de la LGRA; (iii) LFPIORPI; (iv) el Reglamento de la LFPIORPI; y (v) las Reglas de Carácter General a que se refiere la LFPIORPI. En este sentido, el Negocio también declara que realiza y continuará realizando, en caso de resultar aplicable, todas las acciones y actividades encaminadas a dar cumplimiento a las leyes antes mencionadas, así como a cualesquier leyes o disposiciones legales relacionadas con la prevención del lavado de dinero, financiamiento al terrorismo y/o lucha contra la corrupción, entre otras. 

El Negocio manifiesta bajo protesta de decir verdad, que: (i) sus socios o accionistas y aquellos que ejercen el control en la sociedad, no desempeñan empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que, a pesar de desempeñarlo, no se actualiza un conflicto de interés, en términos de la LGRA; (ii) que no existen causas o motivos personales, de negocio o familiares que impidan o pudieran impedir o afectar la celebración del presente Contrato y la relación que derive del mismo entre las Partes por actualizarse un conflicto de interés; y (iii) que ninguna de los Colaboradores del Negocio tiene relación personal, de amistad o familiar o algún acuerdo previo con algún director, socio, accionista, representante, apoderado, agente, cesionario, subcontratista, consultor o empleado del Conekta ni con las partes involucradas en relación con los servicios prestados para motivar la celebración del presente Contrato.

El Negocio libera a Conekta de cualquier responsabilidad en materia penal, fiscal, civil y/o administrativa y se compromete a sacar en paz y a salvo a Conekta, cuando con motivo de incumplimiento de sus obligaciones en materia de prevención de lavado de dinero y/o financiamiento al terrorismo, incumpla las obligaciones establecidas a su cargo en la LFPIORPI, y en la presente Cláusula.

VIGÉSIMA SEGUNDA. RESPONSABILIDAD.

Las Partes reconocen que Conekta es sólo un procesador de pagos y no es quien realiza la operación de la adquisición de bienes o servicios, ni presta los servicios o vende los productos que oferta el Negocio.

Conekta no es responsable de la correcta prestación de los servicios del Negocio o de los productos que ofrece a los Clientes o frente a cualquier tercero; así como tampoco está obligado a verificar la identidad de los Clientes. El Negocio será responsable de que los datos necesarios para la prestación de los servicios de Conekta, que proporcionen los Clientes, sean correctos y fidedignos.

Conekta no será responsable de los daños directos, indirectos, incidentales, especiales, consecuentes o punitivos a el Negocio. Conekta no garantiza la realización de un número cualquiera de visitas, recaudos, ventas o ingresos a través del sitio o tienda virtual del Negocio por parte de los usuarios y/o Clientes. En consecuencia, el Negocio exime a Conekta de toda responsabilidad por los daños y perjuicios de toda naturaleza que pudieran deberse, entre otras, a la ausencia de visitas o negocios mediante el sitio o tienda virtual por parte de los usuarios y/o de ventas electrónicas y/o por la no obtención de unos ingresos mínimos por ventas electrónicas. La Plataforma es una herramienta de medio, mas no de resultados, de acuerdo con lo antes señalado.

En caso de que alguna de las Partes sea requerida para algún litigio frente a terceros derivado del incumplimiento de la otra Parte frente a éste, la Parte afectada podrá cobrarle a la otra Parte los gastos legales, y los daños y perjuicios ocasionados en virtud del incumplimiento. 

Se deberá remitir a Conekta, en el momento en que ésta lo requiera, el documento que acredite que el Negocio mantiene vigente la Certificación PCI DSS. Lo anterior en el entendido que: (i) el costo de las certificaciones correspondientes será cubierto por el propio Negocio, que reconoce y acepta que Conekta no será responsable del pago de las certificaciones mencionadas; (ii) si el Negocio no envía el documento dentro del plazo establecido por Conekta mencionado en el requerimiento, se obliga desde este momento a asumir toda la responsabilidad frente a cualquier sanción, multa o perjuicio que se genere por su falta u omisión, frente a Conekta, dejando en paz y a salvo a Conekta. 

VIGÉSIMA TERCERA. LEYES APLICABLES Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.

Las Partes aceptan buscar llegar a un acuerdo dentro de un plazo de treinta (30) días naturales, contados a partir de la fecha en que surja cualquier diferencia y se notifique por escrito sobre dicho evento a la contraparte, sometiéndose en primer lugar, a la mediación, misma que será regida bajo los principios de equidad y voluntariedad, esta tendrá lugar en la Ciudad de México, México y el idioma que se utilizará en la mediación será el español, si la controversia, diferencia o reclamación no ha sido solucionada en la mediación, o en la medida en que no haya sido solucionada en el plazo de 30 (treinta) días hábiles contados desde el comienzo de la mediación. Las Partes están de acuerdo en que, cualquier controversia judicial derivada del Contrato, se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes aplicables en la Ciudad de México y se someten a las leyes aplicables y a los tribunales competentes de la Ciudad de México. 

VIGÉSIMA CUARTA. IMPUESTOS.

Cada Parte conviene cumplir con las obligaciones de carácter impositivo que le sean aplicables y a pagar los impuestos que le correspondan. 

VIGÉSIMA QUINTA. INDEPENDENCIA DE LAS PARTES.

Las Partes reconocen su independencia jurídica como entidades separadas con patrimonio y recursos tanto humanos como materiales propios, sin que medie relación laboral, asociación, sociedad, inversión, coinversión, representación, o relación alguna de cualquier otra índole, salvo aquella que las vincula contractualmente a la firma de este Contrato. 

Las Partes reconocen que ninguna de las Partes asume obligación alguna de carácter laboral a favor de la otra Parte ni sus empleados o trabajadores que participen en la prestación de los servicios objeto del Contrato, por lo que ninguna de las Partes ni sus empleados o trabajadores, serán considerados como trabajadores de la otra Parte para ningún efecto legal.

En virtud de que no existe ni existirá relación laboral alguna entre los empleados o trabajadores de cada una de las Partes respecto de la otra Parte, cada Parte asumirá la responsabilidad laboral, de seguridad social, fiscal y demás, respecto de su propio personal, empleados y/o trabajadores. Cada una de las Partes convienen en mantener a la otra libre, a salvo y en paz de cualquier reclamación, demanda, acusación o queja que pudiese presentarse en su contra, por el personal, los empleados y/o trabajadores de la otra Parte, o por las autoridades en materia laboral o administrativa.

En virtud de lo establecido en la presente Cláusula, cada una de las Partes se obliga a pagar todas las prestaciones, derechos, impuestos, cuotas y cualquier otro tipo de contribución o pago que deba efectuar en su carácter de patrón conforme a la legislación vigente aplicable durante la prestación de los servicios objeto del presente Contrato. 

En adición a lo previsto en la presente Cláusula, las Partes en este acto reconocen expresamente que, en virtud del presente Contrato, no se crea asociación ni sociedad alguna entre ellas. Cada una de las Partes será responsable de las obligaciones laborales que tenga con sus respectivos empleados.

VIGÉSIMA SEXTA. FALTA DE ACCIÓN.

La falta de acción o la demora en la ejecución de acciones para hacer cumplir alguna de las provisiones del Contrato de manera estricta no significa una renuncia a los derechos de hacer cumplir dicha provisión o alguna otra provisión del contrato de manera posterior. 

CONTINUAR CON EL REGISTRO, O EN SU CASO CONTINUAR CON EL USO DE LA PLATAFORMA IMPLICA LA ACEPTACIÓN DEL CONTRATO, SUS ANEXOS Y SUPLEMENTOS. POR LO QUE ENTERADO EL NEGOCIO DE LAS OBLIGACIONES QUE ASUME EN EL PRESENTE CONTRATO Y SU FUERZA LEGAL, MANIFESTA HABER ENTENDIDO TODO EL CONTENIDO INCLUIDO EN EL CONTRATO, CON ASESORÍA LEGAL DE UN ABOGADO O UN EXPERTO EN LA MATERIA PARA UNA ADECUADA COMPRESIÓN LO ACEPTA PARA SU DEBIDO CUMPLIMIENTO

ANEXO A
DEFINICIONES

1. Activación: Proceso por el cual el Negocio obtiene acceso a una cuenta de producción para utilizar los servicios de Conekta.

2. Actividades No Autorizadas: Se refiere a cualquier actividad ilegal, a las actividades establecidas como prohibidas por las Instituciones Financieras o Proveedores de Pago y a las establecidas por Conekta en la Política de Perfiles de Negocio establecida en: https://www.conekta.com/legal/business-profiles

3. Actividades Vulnerables: Las actividades que realicen las entidades consideradas con ese carácter en las fracciones I a XVI del artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (“LFPIORPI”).

4. API: Corresponde a las siglas en inglés de Application Programming Interface, interfaz programática por la cual el Negocio puede crear cargos, movimientos y consultas utilizando las Llaves de API.

5. Autofinanciamiento: Es una operación en la que el Negocio debite fondos de su tarjeta de crédito o agregue fondos a través de cualquier otro método de pago permitido, a nombre propio o de un socio, accionista, empleado o directivo del mismo con el fin de obtener liquidez y retirar con posterioridad los fondos. Este comportamiento incluye que el Negocio efectúe un pago a un tercero con cualquier tarjeta u otros métodos de pago disponibles y posteriormente reciba los fondos de regreso por parte del mismo tercero, solicitando en consecuencia el retiro de dichos fondos.

6. Autoridades: Enunciativamente, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (“CNBV”), y Banco de México (“BANXICO”).

7. Banco Adquirente: La Institución Financiera que habilita a Conekta para procesar Transacciones con tarjeta de crédito y/o débito en nombre del Negocio, entre los cuales se encuentran alguna o algunas de las siguientes instituciones, así como cualquier otra institución que se habilite en el futuro:
a. Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte (“Banorte”)

b. BBVA México, S.A., Institución de Banca Múltiple (“BBVA”)

c. Banca Afirme, S. A., Institución de Banca Múltiple (“Afirme”)

d. Banco Regional, S.A. Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero. (“Banregio”)

e. American Express Company, S.A. de C.V. (“Amex”)

8. Banco Emisor: La Institución Financiera que emite tarjetas de crédito y/o débito

9. Certificaciones: Se refiere a las acreditaciones que Conekta ha recibido por la CNBV y Banco de México, para realizar los servicios. A su vez, Conekta cuenta con la certificación de seguridad “Payment Card Industry Data Security Standard” (“PCI DSS”) versión “Service Provider” NIVEL 1 para poder manipular y procesar información de Tarjetas de Crédito y/o Débito.

10. Checkout: Es la parte final del proceso de compra, cuando el Cliente confirma los productos o servicios seleccionados, introduce sus datos y completa el pago a través de los medios de pago disponibles.

11. Cliente: Significa la persona física o moral que adquiere productos y/o servicios del Negocio a través de la página de Internet, sitio web o aplicaciones de este último, y que realice un pago a través de Conekta.

12. Colaboradores: Son los directores, funcionarios, agentes, empleados, cesionarios, subcontratistas, apoderados, representantes, agentes, comisionistas o interpósita persona, incluyendo sin limitar, accionistas, socios, colaboradores o consultores.

13. Contracargos: Es la reversión de una Transacción derivado de la reclamación que el tarjetahabiente realiza al Banco Emisor por una transacción que desconoce.

14. CPF: Código Penal Federal

15. Cuenta Modo Producción: Función que se activa una vez que Conekta autoriza la Cuenta para procesar cargos reales.

16. Cuenta Modo Prueba: Función para simular y validar el uso y atributos de la API mas no realizar, ni procesar cargos reales.

17. Cuenta. Significa el medio a través del cual se identifica al Usuario para que utilice los servicios de Conekta.

18. Plugin: Es un conector que sirve para integrar a Conekta y sus productos a las plataformas de comercio electrónico.

19. Retenciones: Es la inmovilización de un monto del Saldo, mismo que no será entregado en los tiempos de depósito habituales, y será destinado para responder por posibles Contracargos.

20. Estado de Cuenta: Documento en donde se indican las Transacciones, Contracargos y devoluciones de una Cuenta, que es emitido de forma mensual a través del Administrador.

21. Fecha de Firma. Significa la fecha en la que se plasme la última firma en el Contrato.

22. Gateway: Servicio mediante el cual Conekta efectúa la transmisión de los datos bancarios de las compras realizadas a través de un sitio web o aplicación móvil. Este servicio podrá tener características adicionales según lo establecido en el suplemento correspondiente.

23. Instituciones Financieras: Conjunto de instituciones que intervienen y/o regulan las operaciones de Conekta las cuales están integradas por: los titulares de marca, Bancos Adquirentes, Bancos Emisores, cámaras de compensación.

24. Integraciones: Sistemas de conexión de datos de aplicaciones Apis, y Plugins con sitio web y aplicaciones móviles que Conekta desarrolla para aprovechar las características y funciones de los servicios de Conekta.

25. Leyes Penales: CPF y el Código Penal para cada una de las entidades federativas, así como cualquier ley especializada que regule algún delito.

26. LFPDPPP: Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

27. LFPIORPI: Ley Federal Para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

28. LGRA: Ley General de Responsabilidades Administrativas.

29. Link de Pago: Modalidad de cobro a través de un enlace web que permite a los Clientes realizar pagos por medio de los servicios previamente contratados por el Negocio.

30. Llave de API: Identificador único utilizado para detectar la identidad del Negocio al utilizar la API de Conekta. Se compone por una Llave Privada de API y Llave Pública de API

31. Llave Privada de API: Llave de API para generar cargos y realizar consultas por medio de la API.

32. Llave Pública de API: Llave de API para realizar Tokenización de Tarjetas de Crédito y/o Débito por medio de la API.

33. Material Audiovisual: Material publicitario generado por las Partes que podrá contener imagen, audio y/o video.

34. Meses sin intereses: Servicio de Conekta que permite que los Clientes del Negocio parcialicen sus compras a través de tarjetas de crédito a meses sin interés.

35. Operación: Se refiere a las Actividades Vulnerables realizadas entre el Negocio y el Cliente, con el fin de que este último pueda dar cumplimiento a una obligación de pago, para lo cual, el Negocio solicita a Conekta una referencia y/o referencias de Pago en Efectivo hasta por el monto máximo permitido.

36. Pago en Efectivo: Todos los servicios para pago en efectivo que Conekta pone a disposición del Negocio. 

37. Panel: Es el sitio de administración en el cual se puede visualizar la información generada por la Cuenta, notificaciones y en donde se podrá acceder a la Cuenta en Modo Prueba y Cuenta en Modo Producción.

38. Plataforma: Todos los componentes y materiales tecnológicos que Conekta pone a disposición del Negocio para la prestación de sus servicios. 

39. Proveedor de Pago: Bancos Adquirentes y establecimientos comerciales con los que Conekta mantenga una relación comercial o de negocios.

40. Smart Retry: Función complementaria al servicio de procesamiento de pagos con tarjetas y/o al servicio de Gateway para intentar la aceptación de una Transacción con hasta 5 (cinco) adquirentes.

41. Transferencia: Servicios de Pagos que ofrece Conekta a través del sistema de pagos electrónicos interbancarios.

42. SSL: Es el acrónimo de Secure Sockets Layer, es decir, capa de sockets seguros, refiere al protocolo para navegadores web y servidores que permite la autenticación, encriptación y desencriptación de datos enviados a través de Internet.

43. Suplementos: Términos y condiciones particulares aplicables a cada uno de los servicios de Conekta que contrata el Negocio.

44. Tarjetahabiente: Persona física a nombre de quien una Institución Financiera emite una tarjeta de débito y/o crédito. 

45. Tokenización: Proceso que consiste en convertir datos sensibles en formatos encriptados denominados tokens. 

46. Transacción: El pago que realiza el Cliente a el Negocio a través de Conekta. Las transacciones se considerarán exitosas cuando se hayan autorizado los pagos por parte de los Proveedores de Pago y Conekta comunique la notificación de cargo exitoso por medio de la API o el Panel. Una Transacción exitosa realizada con tarjeta puede ser revertida por un Contracargo o una devolución. 

47. Transacciones completas: Las transacciones se considerarán completas cuando se hayan autorizado los pagos por parte de los Proveedores de Pago y Conekta comunique la notificación de cargo exitoso por medio de la API o el Panel. El Negocio acepta y reconoce que Conekta no se hace responsable por notificaciones de pago hechas por otros sistemas en representación de Conekta donde notifican que los cargos ya fueron pagados; el único medio oficial de notificación para acreditar una transacción completada será la API o el Panel de Conekta.

48. UMA (Unidad de Medida y Actualización): Es la referencia económica en pesos para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas.

49. CLABE: Clabe bancaria estandarizada formada por dieciocho dígitos numéricos, que son necesarios para el envío y recepción de transferencias interbancarias de fondos dentro de México.

50. Usuario Administrador: Se refiere al Usuario que además de generar la cuenta de prueba, puede otorgar el permiso a otros Usuarios para acceder a esta y/o a la cuenta de producción.

51. Usuario: Se refiere a la persona, empleado o individuo autorizado por el Usuario Administrador que puede acceder al Panel y a la información de la Cuenta.

SUPLEMENTO DE TARJETAS

Objeto. En virtud del presente Suplemento, el Negocio contrata los servicios de Conekta en su modalidad de agregador de pagos con la finalidad de procesar pagos mediante tarjetas de crédito, débito y/o monederos electrónicos por órdenes de compra a través de comercio electrónico, páginas web y aplicaciones móviles. 

Riesgos. El Negocio reconoce y acepta que existen riesgos de fraude inherentes al procesamiento de pagos con tarjetas en el comercio digital. En caso de que el Negocio sea víctima de cualquier fraude o Contracargo, el Negocio acepta y reconoce que Conekta no tiene responsabilidad alguna al respecto. Para prevenir los riesgos de fraude, Conekta configurará un sistema antifraude basado en datos y sistemas de detección internos que se actualizan constantemente. El sistema antifraude podrá adaptarse a las necesidades del Negocio.El Negocio reconoce que pese a la existencia del sistema de prevención de fraude de Conekta, puede haber casos en los que el sistema no logre detectar una Transacción fraudulenta, sobre todo cuando se trate de modalidades nuevas de fraude que no se hayan convertido en tendencias detectadas por el sistema. El Negocio reconoce que el sistema antifraude es falible, por lo que no impide la efectiva comisión de fraudes con tarjetas ni se garantiza que a través de éste se pueda evitar toda posibilidad de fraude. En consecuencia, el Negocio acepta y reconoce que Conekta no tendrá responsabilidad alguna en caso de que el Negocio sea víctima de cualquier fraude o Contracargo que derive de éste. El Negocio se obliga a colaborar con Conekta en la prevención del fraude, para lo cual deberá hacer su mejor esfuerzo para una correcta integración de la Plataforma y se compromete a implementar las buenas prácticas del comercio electrónico. 

Límites transaccionales. El Negocio reconoce y acepta que Conekta o los Bancos Adquirentes podrán establecer montos mínimos y máximos por transacción los cuales podrán cambiar de tiempo en tiempo. El Negocio puede conocer los montos mínimos y máximos por transacción en el siguiente enlace

Prohibiciones. Se encuentra prohibido:
a. Aplicar cargos adicionales al precio de los productos y/o servicios por aceptar pagos mediante la plataforma Conekta, incluyendo Transacciones realizadas con tarjetas de crédito; 

b. Realizar una Transacción parcialmente con tarjeta y complementar el pago mediante efectivo u otra forma de pago; 

c. Discriminar entre tarjetas aceptadas por Conekta; 

d. Realizar Transacciones con tarjetas mediante Conekta en cualquier territorio distinto a México; 

e. Presentar con cualquier fin alguna Transacción originada de una operación diferente a la realizada entre el Negocio y el tarjetahabiente o cualquier Transacción que el Negocio sepa o pueda saber que es fraudulenta o que no se encuentre autorizada por el tarjetahabiente; 

f. Solicitar al tarjetahabiente que renuncie a su derecho a disputar una Transacción; 

g. Procesar una sola compra de productos y/o servicios como varias Transacciones; 

h. Realizar Transacciones por cantidades que se encuentren por debajo o que excedan los límites establecidos por Conekta para tal efecto; y

i. Realizar Transacciones que puedan ser identificadas como adelanto de efectivo o autofinanciamiento mediante tarjetas de crédito propias del Negocio, socios, accionistas, empleados o directivos. 

j. Cobrar a los Clientes comisiones por pago con tarjetas débito o crédito;

En caso de realizar alguna de las prohibiciones, se aplicará a los dispuesto en la cláusula Suspensión y Baja de Cuentas.

Contracargos. Los Contracargos son generados por el Banco Emisor, generalmente, derivados de la reclamación del tarjetahabiente en razón de desconocer la Transacción. El Banco Emisor, a través de las redes de pago, notifica el Contracargo al Banco Adquirente quien a su vez notifica a Conekta. El Negocio acepta y reconoce que podrán ocurrir Contracargos independientemente de los procesos de Conekta con base en sus políticas antifraude. Por lo tanto, el Negocio reconoce y acepta que Conekta en ningún momento crea, controla o determina la existencia de los Contracargos y no tiene responsabilidad alguna por las disputas relacionadas a estos. 

El Negocio asumirá la responsabilidad total frente al Contracargo. En consecuencia, se compromete a pagar el monto del Contracargo a Conekta aplicando lo dispuesto en la sección denominada “Deudas” del presente Suplemento.

Notificación de Contracargos. Por medio del Panel y/o por correo electrónico, Conekta notificará a el Negocio cuando exista un Contracargo. El Negocio deberá de estar pendiente de cualquier Contracargo generado en sus Transacciones. Por consiguiente, la falta de lectura de dicho Contracargo, no exime a el Negocio de su responsabilidad y obligaciones.

El Usuario Administrador y/o el Usuario del representante legal podrán deshabilitar las notificaciones de Contracargos a través del Panel al resto de los roles de Usuarios. En este acto, el Negocio libera a Conekta de toda responsabilidad por desactivar dichas notificaciones de Contracargos a sus Usuarios, y en consecuencia el Negocio asume toda responsabilidad al respecto.

El Negocio acepta y reconoce que podrá recibir notificaciones por Contracargos de transacciones realizadas con tarjetas de crédito o débito en los siguientes plazos: (i) hasta 180 (ciento ochenta) días naturales posteriores a la fecha de la transacción, y conforme a las políticas de los Bancos Emisores para tarjetas nacionales; y (ii) hasta 540 (quinientos cuarenta) días naturales posteriores a la fecha de la transacción, y conforme a las políticas de los Bancos Emisores para tarjetas internacionales.

Al momento de ser notificado sobre un Contracargo, el Negocio contará con un plazo de 5 (cinco) días hábiles para subir información al Panel y poder disputarlo. En caso de que exceda el plazo mencionado, el Negocio perderá el derecho a disputar el Contracargo.

En caso de que el Negocio provea la información necesaria para disputar el Contracargo, el Banco Emisor comenzará con un periodo de revisión el cual responde a sus tiempos y políticas internas. Por lo tanto, Conekta no se hace responsable de los tiempos de resolución de dicha disputa. Al finalizar el periodo de disputa, el Banco Emisor notificará sobre la resolución. El Banco Emisor comunicará la resolución: i) perdida o ii) ganada, en un plazo de hasta 90 (noventa) días hábiles contados a partir desde el inicio de la disputa.

En caso de ser perdida, el monto de los Contracargos serán devueltos al tarjetahabiente a la tarjeta de crédito o débito en la que generó el cargo, y el Negocio si hubiera recibido esos recursos será responsable de restituir esos montos a Conekta, bajo concepto de deuda. En caso de ser ganada, el monto del Contracargo será devuelto al Saldo del Negocio.

En caso de existir una cancelación de un cargo que anteriormente se había procesado como exitoso, Conekta no será responsable por los daños y/o perjuicios que se generen. Por lo tanto, será obligación del Negocio cobrar nuevamente a su Cliente.

Conekta en ningún momento reembolsará las comisiones relacionadas a Contracargos ni las comisiones mencionadas en la Cláusula Segunda cuando el Negocio genere una devolución.

Además, el Negocio deberá asumir cualquier costo o penalidad que ocasione la disputa de Contracargos, cuando dichos costos o penalidades sean impuestos por los Bancos Adquirentes; en la proporción que corresponda al Negocio.

Representación de Contracargos. El Negocio contará con un plazo de 5 (cinco) días hábiles para subir información al Panel y poder disputarlo a partir de la notificación hecha por Conekta conforme a lo establecido en el título anterior; para que Conekta pueda apoyarlo a disputar dicha transacción con el Banco Emisor. En caso de que el Negocio no aporte la información en el plazo antes señalado, perderá el derecho a disputar el Contracargo, liberando a Conekta de toda responsabilidad, y obligándose a asumir dicho Contracargo y al pago del mismo en términos del presente Suplemento.

Whitelist. El Negocio acepta y reconoce los riesgos, sus obligaciones y responsabilidades derivadas de solicitar por cualquier medio a Conekta registrar a alguno de los Clientes para que las Transacciones que intente pagar por medio de tarjetas bancarias no pasen por los sistemas antifraude implementados por Conekta. En caso de que se genere algún Contracargo por las Transacciones del Cliente registrado para tales efectos, el Negocio libera a Conekta de cualquier responsabilidad al respecto y reitera su obligación de asumir dicho Contracargo o pagar la deuda generada.

Deudas. El Negocio se obliga y acepta que el Saldo negativo que tenga en su cuenta podrá saldarse de las siguientes formas, siguiendo en el orden establecido a continuación:

1. Conekta podrá utilizar cualquier monto nuevo generado por pagos procesados en la cuenta del Negocio. Lo anterior, se hará para poder saldar la deuda y no tendrá obligación de entregar recurso alguno por pagos procesados hasta que la totalidad de la deuda sea saldada. 

2. El Negocio pagará el monto del Saldo negativo en un periodo no superior a 20 (veinte) días hábiles a partir de que se generó el Saldo negativo. 

3. Conekta podrá compensar el Saldo entre las cuentas que EL NEGOCIO tenga aperturadas en Conekta.

4. Conekta realizará cargos para solventar el Saldo negativo a la cuenta bancaria del Negocio. 

5. Transcurrido un plazo de 10 (diez) días hábiles a partir de la falta de pago del Negocio por la forma establecida en los numerales anteriores, Conekta podrá acudir a las instancias judiciales correspondientes. Conekta se reserva el derecho de enviar un reporte al Buró de Crédito, Círculo de Crédito y cualquier otra lista o base de datos que mida, publique o difunda el desempeño, credibilidad y trayectoria financiera de las personas físicas y/o morales, por lo que el Negocio manifiesta su conformidad al respecto.

Tiempos de dispersión: Los depósitos por las Transacciones generadas se realizan de acuerdo con la siguiente tabla:

Métodos de Pago

Métodos de Pago

Método de Pago Notificación Depósito
Tarjetas de Débito y Crédito Tiempo real 2 (dos) días hábiles
Tarjeta American Express Tiempo real 4 (cuatro) días hábiles
Tarjetas de Vales y/o Monederos Electrónico Tiempo real 3 (tres) días hábiles

Retención de Dispersiones. Conekta podrá realizar Retenciones en caso de que detecte o sospeche que alguna o algunas Transacciones son ilícitas, por cualquier motivo de riesgo, incluyendo fraude, o para prevenir futuros contracargos por un tiempo de hasta 540 (quinientos cuarenta) días naturales posteriores a la fecha de la Transacción. Cada vez que Conekta realice una Retención lo notificará a el Negocio a la brevedad, mediante el Panel y/o por correo electrónico. Para prevenir futuros riesgos de Contracargos, Conekta podrá solicitar a el Negocio hacer las devoluciones correspondientes a las Transacciones bajo sospecha en un plazo de 3 (tres) días hábiles a partir de la solicitud. El Negocio se obliga a cooperar con Conekta en la prevención de riesgos y a realizar las mencionadas devoluciones en caso de ser procedentes.  El Negocio acepta que, en caso de presentarse algún Contracargo, Conekta podrá utilizar las Retenciones para cubrir dicho Contracargo.

Suspensión del Producto de Tarjetas. Conekta se reserva el derecho de suspender el producto de tarjetas en caso de: (i) detectar que el Negocio está siendo víctima de un posible fraude de compras por internet; (ii) que el Negocio presente una alta tasa de Contracargos; (iii) de acuerdo a el análisis de riesgos de Conekta, Conekta tenga la sospecha de un incremento en la tasa de Contracargos del Negocio; o (iv) cualquier otro motivo de riesgo relacionado con temas de cumplimiento o prevención de lavado de dinero. A discreción de Conekta, el producto de tarjetas se podrá reactivar cuando el Negocio salde las deudas derivadas de Contracargos ya sea con el Saldo acumulado por transaccionar con otros métodos de pago o con el Saldo disponible en Cuentas de las cuales el Negocio sea titular y/o mediante el pago directo a Conekta. 

Reporte a terceros. El Negocio acepta que en caso de que Conekta suspenda el servicio por alguna de las causas señaladas en la Cláusula de Suspensión y Baja de Cuenta del Contrato, Conekta podrá comunicarlo al Banco Adquirente correspondiente, quien, a su vez, podrá reportar dicho suceso a otros terceros involucrados en el procesamiento de pagos con tarjetas, incluyendo, sin limitar, el sistema Visa Merchant Trade System y el sistema MATCH

Tarjetas de Vales y/o Monederos Electrónicos. El Negocio podrá aceptar transacciones efectuadas por medio de monederos electrónicos o Tarjetas de Vales como medio de pago para la adquisición específica de los siguientes productos y/o servicios:

1. Despensa (En sus dos modalidades Física y Digital): Artículos que permitan mejorar la calidad de vida; 
2. Combustible: Gasolina Magna, Gasolina Premium, Diesel, Gas Lp y Turbosina;
3. Restaurantes;
4. Incentivos e Incentivos Acceso Total;
5. Business Card y Business Card Acceso Total;
6. Uniformes;
7. Viajes; y
8. Más apoyos.

El Negocio tiene estrictamente prohibido realizar transacciones por medio de monederos electrónicos o tarjetas de vales como medio de pago, cuando hayan sido emitidos para la adquisición de despensas, para la compra de bebidas alcohólicas o tabaco.

American Express. En caso de que la contratación de los servicios de Conekta incluyan, pagos con tarjeta de crédito American Express, el Negocio acepta los siguientes Términos y Condiciones aplicables a las transacciones realizadas con dichas tarjetas:

a. El Negocio no podrá ceder su Saldo y todo el Saldo que surja por Transacciones por la venta de buena fe de bienes y/o servicios del Negocio y libre de gravámenes, demandas y cargos distintos de impuestos sobre ventas ordinarias.

b. American Express no asume obligaciones en virtud del Contrato, sin embargo, puede hacer valer el Contrato.

c. En caso de incumplimiento del apartado de American Express, Conekta podrá desactivar el procesamiento de pagos mediante tarjetas de crédito American Express. En caso de que se desactive dicho procesamiento, no afectará al resto de los productos de pago.

d. Las políticas de reembolso del Negocio para las compras con American Express deberán ser por lo menos igual de favorables que las políticas de reembolso para compras con otros medios de pago. El Negocio deberá divulgar la política de reembolso a los Clientes (tarjetahabientes) al momento de la compra, en cumplimiento con la ley aplicable.

e. En caso de que el método de pago con tarjetas American Express sea dado de baja, el Negocio se compromete a retirar las marcas de American Express del sitio web y donde sea que se exhiban.

Meses Sin Intereses. El Negocio podrá habilitar el pago en parcialidades mensuales de sus productos o servicios por medio de tarjeta de crédito sin que se generen intereses. 

Los Meses Sin Intereses estarán sujetos a una comisión adicional, las comisiones señaladas en https://www.conekta.com/pricing son adicionales a la comisión por Transacción mediante tarjeta de crédito y se cobran en una sola exhibición por Transacción diferida.

El Negocio recibirá el monto total de la Transacción menos las comisiones aplicables conforme a los plazos establecidos en el Contrato y en una sola exhibición. Los pagos parcializados a meses sin intereses deberán realizarse con una tarjeta de crédito emitida por alguno de los bancos emisores enlistados en este enlace https://help.conekta.com/hc/es-419/sections/360003323534-Meses-Sin-Intereses.

Los plazos en los que se puede diferir el pago de una Transacción serán 3 (tres), 6 (seis), 9 (nueve), 12 (doce) y 18 (dieciocho) meses de acuerdo con lo establecido en este enlace https://help.conekta.com/hc/es-419/sections/360003323534-Meses-Sin-Intereses.

Las Transacciones se podrán diferir siempre que se cumpla con los montos mínimos, según el plazo que corresponda, de conformidad con lo establecido en https://help.conekta.com/hc/es-419/sections/360003323534-Meses-Sin-Intereses.

Para que una Transacción sea cobrada a meses sin intereses, el Cliente deberá seleccionar la opción de pago con tarjeta de crédito a meses sin intereses.  

Smart Retry.  Conekta habilitará el servicio Smart Retry, el cual consiste en que Conekta realice intentos sucesivos a través de diferentes afiliaciones de Conekta, de acuerdo con las prioridades y configuraciones establecidas por el Negocio o por Conekta con base en las particularidades del Negocio, con el objetivo de lograr la aceptación de una Transacción que ha sido rechazada por algún Banco Adquirente. 

Configuración de afiliaciones. Conekta podrá configurar hasta 5 (cinco) afiliaciones para intentar la aceptación de una Transacción del Negocio, siempre y cuando sus sistemas antifraude no hayan detectado alguna anomalía en la Transacción. Los intentos con las distintas afiliaciones se realizarán de acuerdo con la prioridad definida por el Negocio. 

Flujo. En cada Transacción, Conekta aplicará los sistemas antifraude correspondientes, si estos no detecten una anomalía en la Transacción, realizará el primer intento de aceptación con el Banco Adquirente configurado en primer lugar. Cuando el Banco Adquirente configurado en primer lugar rechace la Transacción, Conekta solicitará la aceptación con el segundo Banco Adquirente configurado, y así sucesivamente hasta lograr la aceptación de la Transacción o hasta agotar todos los Bancos Adquirentes configurados. Si los sistemas antifraude de Conekta detectan algún riesgo o anomalía en la Transacción, Conekta no intentará la aceptación de esta con adquirente alguno.

Registro: En caso de que el Negocio sea considerado de alto riesgo y esté utilizando los servicios de Tarjetas, deberá notificar a Conekta con al menos un mes de anticipación que no renovará su registro ante las marcas VISA, Mastercard y/o Proveedores de Pago, a fin de que Conekta proceda con la cancelación de dicha renovación. De no hacerlo, el Negocio será responsable de pagar a Conekta la cantidad de hasta $1,500 USD más IVA correspondiente al costo de renovación del registro. Asimismo, si el Negocio deja de procesar transacciones utilizando los servicios de Conekta, deberá notificar por escrito a Conekta con al menos 30 (treinta) días de antelación a la fecha para gestionar la baja de su afiliación ante el Banco Adquirente, VISA, Mastercard y/o Proveedores de Pago, y así evitar el cobro de hasta $1,500 USD más IVA por falta de uso del registro.

En caso de no proporcionar dicha notificación, el Negocio será enteramente responsable de cualquier cargo, costo o monto derivado de la falta de aviso.Los montos anteriores están sujetos a cambios y actualizaciones por parte de las marcas VISA, Mastercard y Proveedores de Pago por lo que pudierán aumentar sin previo aviso, por lo que el Negocio se hace responsable del pago del monto vigente más IVA, deslindado a Conekta de cualquier responsabilidad frente a lo anterior, ya que Conekta no cuenta con injerencia sobre estos ajustes. 

Política de reembolso: Las Partes acuerdan que los reembolsos están sujetos a límites de tiempo que dependen del tipo de transacción realizada, así como de las políticas y de la aprobación del Emisor una vez realizado el trámite correspondiente. 

Para transacciones dentro del circuito local, es decir, realizadas con tarjetas de crédito o débito emitidas en el territorio mexicano, los reembolsos podrán gestionarse hasta 45 (cuarenta y cinco) días naturales posteriores a la fecha de la venta. En el caso de transacciones internacionales (aquellas realizadas con tarjetas emitidas fuera de México), estas estarán sujetas a las reglas de cada marca de tarjeta (Visa, Mastercard, etc.) y de cada Emisor, aunque el plazo estándar también es de 45 (cuarenta y cinco) días naturales a partir de la fecha de compra.Una vez vencido este plazo estándar, ya no será posible procesar el reembolso de manera automática. Sin embargo, en ciertos casos se podrá gestionar el reembolso de forma manual mediante un trámite físico documentado, el cual se enviará para su evaluación, quedando en espera de la autorización del Emisor para proceder con la devolución. Este proceso depende exclusivamente de la aprobación del Emisor, posterior al envío del trámite correspondiente.Es importante señalar que el proceso posterior al vencimiento del plazo estándar puede variar según las reglas y decisiones del Emisor. Cada caso será evaluado de forma particular, por lo que el resultado dependerá de las condiciones específicas y de la aprobación otorgada por el Emisor. Reiteramos que estas disposiciones están sujetas a las políticas y reglas de los Emisores y de las marcas locales e internacionales aplicables.

SUPLEMENTO DE LINK DE PAGO

Objeto: En virtud del presente Suplemento, el Negocio contrata los servicios de Conekta con la finalidad de procesar pagos mediante un Link de Pago a través de los productos contratados, según sea el caso, i) tarjeta débito y/o crédito;  ii) Pago en Efectivo; iii) Transferencias; y iv) Meses sin Intereses. 

Tipos de Links de Pago. El Negocio podrá generar los siguientes tipos de Links de Pago: 

i) Uso único: este tipo de Link de Pago se genera de manera individual para ser enviado a uno de los Clientes. El Link de Pago de uso único sólo podrá ser utilizado para realizar una Transacción. 

ii) Uso Múltiple: este tipo de Link de Pago se genera para recibir múltiples pagos por un mismo producto y/o servicio del mismo monto. 

Generación de Links de Pago. El Negocio podrá generar los Links de Pago a través del Panel o, en caso de estar integrado mediante API, podrá generar Links de Pago a través de ésta de manera masiva.

Opción de Envío del Link de Pago. El Negocio podrá seleccionar a través del Panel la opción de usar el sistema de notificaciones de Conekta para enviar, a través de correos electrónicos o mensajes de texto, los Links de Pago a los Clientes. 

Vigencia del Link de Pago. Todo Link de Pago tendrá una vigencia. Los Links de Pago podrán configurarse con vigencias distintas dependiendo de las necesidades del Negocio. 

Especificaciones Técnicas. Todas las especificaciones técnicas se encuentran disponibles en el Panel. 

Estatus de los Links de Pago. El Negocio podrá visualizar en el Panel en tiempo real, el estado de los Links de Pago enviados a los Clientes hasta su liquidación total. 

Responsabilidad del uso del Link de Pago. El Negocio es enteramente responsable del uso correcto del Link de Pago, para su correcto funcionamiento deberá configurar el monto a pagar, cerciorarse de los métodos de pago disponibles, tener en cuenta las fechas de expiración de los Links de Pago una vez emitidos y explicar cómo funciona esta modalidad de pago a los Clientes. 

Cancelación del producto de Link de Pago. El Negocio podrá cancelar en cualquier momento el producto de Link de Pago mediante aviso previo de 30 (treinta) días hábiles a la fecha deseada a Conekta. Conekta se reserva el derecho de cancelar el producto de Link de Pago a el Negocio en cualquier momento.

SUPLEMENTO PAGO EN EFECTIVO

Objeto: En virtud del presente Suplemento, el Negocio contrata los servicios de Conekta con la finalidad de procesar Pagos en Efectivo. 

Tipos de referencias. El Negocio podrá generar los siguientes tipos de referencias para Pagos en Efectivo: 

a. Referencia única: este tipo de referencia se genera de manera individual para ser enviada a uno de los Clientes en una sola ocasión para el pago exclusivo de una Transacción. 

b. Referencia Múltiple: este tipo de referencia se genera para recibir múltiples Pagos en Efectivo, que podrán ser distintos montos. 

Generación de referencias. Cada vez que un Cliente seleccione Pago en Efectivo como modalidad de pago, Conekta generará la referencia correspondiente, según la configuración que haya hecho el Negocio a través del método de integración y establecimientos físicos que estén disponibles.

Opción de Envío de referencias. El Negocio podrá optar por usar el sistema de notificaciones de Conekta para enviar, a través de correos electrónicos o mensajes de texto, las referencias para Pago en Efectivo a los Clientes, para cambiar esta configuración el Negocio podrá contactar al servicio de atención a clientes de Conekta. 

Vigencia de las referencias. Toda referencia tendrá una vigencia. Las referencias podrán configurarse con vigencias distintas dependiendo de las necesidades del Negocio. 

Estatus de las referencias. El Negocio podrá visualizar en tiempo real el estado de las referencias de Pago en Efectivo hasta su liquidación total. 

Comisión por pago en establecimiento físico. Los Proveedores de Pago, cobrarán a los Clientes que acudan a sus establecimientos la comisión vigente en la plaza que corresponda, por concepto de pago de Servicios, incluido el Impuesto al Valor Agregado. Los Proveedores de Pago asumirán la entera responsabilidad sobre dicho cobro y señalará expresa y notoriamente a los Clientes que la comisión es cobrada por dicho Proveedor de Pago en forma directa y que ni el Negocio ni Conekta participan de forma alguna de dichos montos.

Monto máximo por Transacción. Los Pagos en Efectivo procesados a través de Conekta serán limitados con base al límite marcado para cada establecimiento en la siguiente tabla:

Montos Máximos en Cajas

Montos Máximos en Cajas

Nombre Comercial Giro Monto Máximo que Aceptan en Cajas*
7 ELEVEN CONVENIENCIA MXN $5,000
FARMACIAS DEL AHORRO FARMACIA MXN $5,000 para giros no regulados
MXN $10,000 para giros regulados y/o giros con actividad vulnerable
CIRCLE K, EXTRA Y K CONVENIENCIA MXN $5,000
FARMACIAS BENAVIDES FARMACIA Sin Límite
WALDO'S Y ELECZION TIENDA ESPECIALIZADA MXN $5,000
IGT / VÍA SERVICIOS SUBDISTRIBUIDOR MXN $5,000
GRUPO RFP FARMACIA Sin Límite
SUPER KIOSKO CONVENIENCIA MXN $5,000
TE CREEMOS FINANCIERA Sin Límite
EL ASTURIANO CONVENIENCIA MXN $15,000
YEPAS CONVENIENCIA Sin Límite
MUEBLES AMÉRICA DEPARTAMENTAL Sin Límite
SUPER FASTI CONVENIENCIA Sin Límite
AL SUPER SUPERMERCADO MXN $6,500

En caso de que el Proveedor de Pagos agregue nuevos establecimientos a la red, se darán a conocer los límites correspondientes a cada uno de ellos. 

Tiempos de dispersión: Los depósitos por las Transacciones generadas se realizan de acuerdo con los tiempos máximos de la siguiente tabla:

Tabla de Métodos de Pago
Método de Pago Notificación Depósito
Efectivo Tiempo real Miércoles de la siguiente semana

Controles Internos. El Negocio es el único responsable de establecer controles internos necesarios para identificar y/o restringir a los Clientes conductas irregulares y/o sospechosas, que pudieran representar algún riesgo relacionado con Operaciones con recursos de procedencia ilícita.  

Colaboración en investigaciones y baja de Clientes. El Negocio se obliga a comunicar a Conekta sobre los hechos que pueda llegar a identificar acerca de las conductas irregulares o sospechosas en relación con Pagos en Efectivo procesados a través de Conekta en cualquier momento o cuando ésta así lo requiera. Conekta se reserva el derecho de solicitar un reporte o información a el Negocio en caso de detectar algún comportamiento irregular y/o sospechoso. Asimismo, se reserva el derecho de solicitar a el Negocio la baja de algún Cliente de quien haya detectado comportamiento irregular y/ o sospechoso, en dicho caso el Negocio se obliga a darlo de baja inmediatamente. 

Obligaciones relativas a Actividades Vulnerables. En caso de que el Negocio realice cualquier Actividad Vulnerable a las que se refiere el artículo 17 de la LFPIORPI, se obliga y garantiza que: 

1. Está en cumplimiento y seguirá en cumplimiento durante la vigencia del Contrato de toda regulación aplicable en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo;

2. Garantiza que tienen conocimiento y cumplen con todos los requerimientos legales aplicables a la prevención de fraude, lavado de dinero y financiamiento al terrorismo;

3. Garantiza que cuenta con mecanismos, manuales y procedimientos en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo; así como que ha implementado un oficial de cumplimiento, o responsable para asegurar que sus procesos estén apegados a las normas aplicables, incluyendo sin limitar auditorías de cumplimiento y ejecución de capacitaciones a su personal; 

4. Tiene establecidos programas para monitorear e investigar actividades consistentes con lavado de dinero y/o crímenes financieros; y

5. Garantiza que contará con certificaciones de cumplimiento consistentes con los requisitos legales aplicables, así como el cumplimiento de entrega de reportes a las autoridades correspondientes.

En caso de que Conekta reciba algún requerimiento de autoridad en materia de prevención de lavado de dinero y/o financiamiento al terrorismo relacionado con Operaciones en efectivo asociadas al Negocio o a los Clientes, proporcionará a Conekta la información requerida por dicha autoridad en relación a la o las Operaciones en efectivo que contenga dicho requerimiento, a más tardar a los 3 (tres) días contados a partir de la solicitud por parte de Conekta.

SUPLEMENTO DE EFECTIVO - DEVOLUCIONES

Objeto. En virtud del presente Suplemento, el Negocio contrata el servicio de Conekta para realizar devoluciones en efectivo de productos o servicios adquiridos a través de comercio electrónico. 

Condición para la contratación y generación de Devoluciones. Para la contratación del servicio de devoluciones en efectivo, es condición necesaria que el Negocio tenga contratado el servicio de Pago en Efectivo. Asimismo, para la generación de referencias de devolución (“Referencias de Devolución”) es condición indispensable que la Transacción a ser devuelta haya sido procesada mediante Pago en Efectivo.

Referencia de Devolución. Para realizar una devolución, el Negocio solicitará vía API (o Panel, según esté disponible) a Conekta que genere una Referencia de Devolución para ser enviada a su Cliente. 

Envío de Referencias de Devolución. El Negocio tendrá activado el sistema de notificaciones de Conekta para enviar a través de correos electrónicos las Referencias de Devolución a sus Clientes, para cambiar esta configuración el Negocio podrá contactar al servicio de atención a clientes de Conekta. El Negocio deberá tomar las medidas necesarias para evitar el acceso a las Referencias de Devoluciones de personas no autorizadas, incluyendo, sin limitar, sus empleados, directores, proveedores o cualquier otro tercero.

Vigencia de las Referencias de Devolución. Toda Referencia de Devolución tendrá una vigencia máxima de 48 (cuarenta y ocho) horas. 

Estatus de las referencias. El Negocio podrá visualizar en tiempo real en el Panel el estado de las Referencias de Devolución. 

Comisión por pago en establecimiento físico. El Negocio acepta y reconoce que cualquier proveedor, establecimiento o cadena que en el futuro pueda habilitar Conekta para la entrega de devoluciones en efectivo, cobra a los Clientes que acudan a sus establecimientos la comisión vigente en la plaza que corresponda por concepto de pago de servicios. Cualquier proveedor, establecimiento o cadena futuro asume la entera responsabilidad sobre dicho cobro y deberán señalar expresa y notoriamente a los Clientes que la comisión es cobrada por ellos en forma directa y que ni el Negocio ni Conekta participan de forma alguna de dichos montos.

Montos mínimos y máximos por Transacción. El Negocio podrá procesar devoluciones en efectivo a través de Conekta por un monto mínimo de $30.00 (treinta pesos 00/100) y por un máximo de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 M.N.) por Transacción.

Horario de servicio. El servicio para la generación de Referencias de Devoluciones estará disponible sin restricción de horario o día. Sin embargo, el cobro de las Referencias de Devolución solo estará disponible en un horario de 6:00 a 22:00 horas, este horario podrá verse afectado por circunstancias particulares de un establecimiento, en estos casos, Conekta no asume responsabilidad alguna por la no disponibilidad del servicio.

Controles Internos. El Negocio es el único responsable de establecer controles internos necesarios para identificar y/o restringir a los Clientes conductas irregulares y/o sospechosas, que pudieran representar algún riesgo relacionado con Operaciones con recursos de procedencia ilícita.  

Obligaciones relativas a Actividades Vulnerables. En caso de que el Negocio realice cualquier Actividad Vulnerable se obliga y garantiza que:

a. Conoce los límites transaccionales en efectivo establecidos y permitidos por la LFPIORPI para cada una de las Operaciones que realiza;

b. Cuenta con controles internos que le permiten identificar cuando un Cliente llega al límite transaccional permitido para Operaciones en Efectivo;

c. Se compromete a no solicitar a Conekta Referencias de Devolución que, en una sola exhibición o de forma fraccionada excedan el límite transaccional en efectivo permitido;

d. En ningún caso facilitará o favorecerá a los Clientes para que realicen Operaciones en efectivo con el fin de exceder los límites transaccionales en efectivo permitidos para cada Operación;

e. En caso de que Conekta reciba algún requerimiento de autoridad en materia de Prevención de Lavado de Dinero y/o Financiamiento al Terrorismo relacionado con Operaciones en efectivo asociadas al Negocio o a los Clientes, proporcionará a Conekta la información requerida por dicha autoridad en relación a la o las Operaciones en efectivo que contenga dicho requerimiento;

f. Tiene conocimiento, está en cumplimiento y seguirá en cumplimiento durante la vigencia del Contrato, de toda regulación aplicable en materia de prevención de fraude, lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.

g. Tiene mecanismos, manuales y procedimientos para las materias aquí detalladas y que, en caso de ser aplicable, ha implementado un oficial de cumplimiento, o responsable para asegurar que sus procesos estén apegados a las normas aplicables, incluyendo sin limitar auditorías de cumplimiento y capacitaciones a su personal;

h. Tienen establecidos programas para monitorear e investigar Actividades Vulnerables; y

i. Garantiza que contará con certificaciones de cumplimiento consistentes con los requisitos legales aplicables, así como el cumplimiento de entrega de reportes a las autoridades correspondientes.

SUPLEMENTO DE EFECTIVO - RETIRO DE EFECTIVO (CRÉDITOS)

Objeto. En virtud del presente Suplemento, el Negocio contrata el servicio de Conekta para generar referencias para el retiro de créditos en efectivo otorgados por el Negocio a sus Clientes.

Referencia de Retiro. Para realizar un retiro (“Retiro”), el Negocio solicitará vía API a Conekta que genere una referencia de retiro (“Referencia de Retiro”) para ser enviada a su Cliente. La Referencia de Retiro será generada siempre y cuando el Negocio tenga Saldo suficiente en su Cuenta que permita cubrir la totalidad del monto de la Referencia de Retiro y las comisiones aplicables.

Envío de Referencias de Retiro. Las Referencias de Retiro se enviarán vía API a el Negocio, y además tendrá activado el sistema de notificaciones de Conekta para enviar a través de correos electrónicos las Referencias de Retiro a sus Clientes si lo desea, para cambiar esta configuración el Negocio podrá contactar al servicio de atención a clientes de Conekta. El Negocio deberá tomar las medidas necesarias para evitar el acceso a las Referencias de Retiro de personas no autorizadas, incluyendo, sin limitar, sus empleados, directores, proveedores o cualquier otro tercero.

Vigencia de las Referencias de Retiro. Toda Referencia de Retiro tendrá una vigencia máxima de 48 (cuarenta y ocho) horas.

Estatus de las referencias. El Negocio podrá visualizar en tiempo real en el Panel el estado de las Referencias de Retiro.

Comisión por pago en establecimiento físico. El Negocio acepta y reconoce que cualquier proveedor que en el futuro pueda habilitar Conekta para el retiro en efectivo de créditos, cobra a los Clientes que acudan a sus establecimientos la comisión vigente en la plaza que corresponda por concepto de retiro sin tarjeta. Cualquier otro proveedor futuro asume la entera responsabilidad sobre dicho cobro y deberán señalar expresa y notoriamente a los Clientes que la comisión es cobrada por ellos en forma directa y que ni el Negocio ni Conekta participan de forma alguna de dichos montos.

Montos mínimos y máximos. El Negocio podrá procesar Retiros de crédito en efectivo a través de Conekta por un monto mínimo de $30.00 (treinta pesos 00/100) y por un máximo de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 M.N.) por Referencia de Retiro. El Negocio podrá generar múltiples Referencias de Retiro para un mismo Cliente siempre y cuando tenga el Saldo suficiente en su Cuenta para cubrirlas.

Saldo. Al generarse un Referencia de Retiro, Conekta retendrá del Saldo el monto total de ésta más la comisión aplicable hasta tanto expire la vigencia de la Referencia de Retiro o ésta sea cobrada satisfactoriamente, en cuyo caso, Conekta procederá a descontar del Saldo del Negocio el monto de la Referencia de Retiro más la comisión aplicable.

Horario de servicio. El servicio para la generación de Referencias de Retiro estará disponible sin restricción de horario o día. Sin embargo, el cobro de las Referencias de Retiro solo estará disponible en un horario de 6:00 a 22:00 horas, este horario podrá verse afectado por circunstancias particulares de un establecimiento, en estos casos, Conekta no asume responsabilidad alguna por la no disponibilidad del servicio. 

Limitación de Responsabilidad. El Negocio acepta y reconoce que en el desarrollo de sus actividades podrá estar expuesto a situaciones de fraude tanto internas como externas o a la comisión de hechos ilícitos en su contra o en contra de sus Clientes, por lo que deberá tomar las medidas pertinentes para prevenir dichos riesgos. De cualquier forma, el Negocio deslinda a Conekta de cualquier responsabilidad que pudiera derivar de una situación de fraude o similar y en la que Conekta y/o sus proveedores no hayan tenido participación alguna.  Asimismo, el Negocio acepta y reconoce que los establecimientos, puntos de venta o lugares donde se presenta el Cliente para el cobro de una Referencia de Retiro son operados por terceros ajenos a Conekta, por lo que Conekta no será responsable de cualquier falla, retraso o disponibilidad en el servicio por circunstancias ajenas a ella, ni por la falta de dinero en efectivo en el establecimiento para poder ofrecer el servicio.

Controles Internos. El Negocio es el único responsable de establecer controles internos necesarios para identificar y/o restringir a los Clientes conductas irregulares y/o sospechosas, que pudieran representar algún riesgo relacionado con Operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Obligaciones relativas a Actividades Vulnerables.

El Negocio reconoce y acepta que las operaciones de mutuo, préstamos y crédito constituyen una Actividad Vulnerable, por lo que se obliga y garantiza que: 
a. Conoce los límites transaccionales en efectivo establecidos y permitidos por la LFPIORPI para cada una de las Operaciones que realiza;

b. Cuenta con controles internos que le permiten identificar cuando un Cliente llega al límite transaccional permitido para Operaciones en Efectivo;

c. Se compromete a no solicitar a Conekta referencias de devolución que, en una sola exhibición o de forma fraccionada excedan el límite transaccional en efectivo permitido;

d. En ningún caso facilitará o favorecerá a los Clientes para que realicen operaciones en efectivo con el fin de exceder los límites transaccionales en efectivo permitidos para cada Operación;

e. En caso de que Conekta reciba algún requerimiento de autoridad en materia de Prevención de Lavado de Dinero y/o Financiamiento al Terrorismo relacionado con Operaciones en efectivo asociadas al Negocio o a los Clientes, proporcionará a Conekta la información requerida por dicha autoridad en relación a la o las Operaciones en efectivo que contenga dicho requerimiento.

f. Tiene conocimiento, está en cumplimiento y seguirá en cumplimiento durante todo el tiempo que reciba este servicio, de toda regulación aplicable en materia de prevención de fraude, lavado de dinero y financiamiento al terrorismo y se obliga a sacar en paz y a salvo a Conekta de cualquier daño o perjuicio que esta llegase a sufrir como consecuencia de algún incumplimiento del Negocio a dicha regulación.

g. Tiene mecanismos, manuales y procedimientos para las materias aquí detalladas y que, en caso de ser aplicable, ha implementado un oficial de cumplimiento, o responsable para asegurar que sus procesos estén apegados a las normas aplicables, incluyendo sin limitar auditorías de cumplimiento y capacitaciones a su personal.

h. Tienen establecidos programas para monitorear e investigar Actividades Vulnerables.

i. Garantiza que contará con certificaciones de cumplimiento consistentes con los requisitos legales aplicables, así como el cumplimiento de entrega de reportes a las autoridades correspondientes.

SUPLEMENTO DE TRANSFERENCIAS

Objeto. En virtud del presente Suplemento, el Negocio contrata el servicio de pago por Transferencias de Conekta para que los Clientes puedan efectuar pagos en tiempo real a el Negocio mediante una transferencia a una CLABE, desde su propia banca en línea, sin requerir comprobantes o recibos de pago físicos.

Tipos de transferencias. Para recibir pagos por Transferencias se podrán generar los siguientes tipos de transferencias: 
a. Transferencias con CLABE única: Las Transferencias con CLABE única se generan automáticamente por Conekta cuando el Cliente selecciona transferencia bancaria como método de pago. Conekta asignará automáticamente una CLABE para que el Cliente pueda registrarla en su banca en línea. Las transferencias con CLABE única señalan un monto único de pago, solo se pueden utilizar en una ocasión y están sujetas a una vigencia configurable por el Negocio. Para que un pago a través del servicio de Transferencias con CLABE única sea exitoso, debe ser realizado dentro de la vigencia de ésta, y por el monto exacto indicado al generar la CLABE.

b. Transferencias con CLABE recurrente: Las transferencias recurrentes se generan para recibir múltiples pagos a través de Transferencias sin montos fijos. Para generar una transferencia recurrente el Negocio deberá registrar, a través de la API, a los Clientes a quienes desee se les asigne una CLABE recurrente que puedan registrar en su banca en línea para realizar los pagos que requieran.

El Negocio es el único responsable de ingresar la información correcta del Cliente, monto y vigencia al momento de generar una CLABE para recibir pagos mediante transferencias, por lo que Conekta no tendrá responsabilidad alguna en caso de cualquier error u omisión por parte del Negocio al momento de la generación de las CLABES.

Proceso de transferencias. Una vez generada por Conekta la CLABE correspondiente, el Cliente deberá registrar dicha CLABE en su banca en línea. Al momento de realizar la transferencia, el Cliente deberá ingresar la información de depósito aplicable y seleccionar “STP” como banco de destino. 

Visualización en el Panel. El Negocio podrá dar seguimiento a las Transferencias recibidas en tiempo real a través del Panel. 

Tiempos de dispersión: Los depósitos por las transacciones generadas se realizan de acuerdo con los siguientes plazos máximos:

Tabla de Métodos de Pago
Método de Pago Notificación Depósito
Transferencias Tiempo real 2 (dos) días hábiles

SUPLEMENTO DEL SERVICIO 3DS2 (3D-SECURE 2)

Objeto. En virtud del presente Suplemento, Conekta otorgará en favor del Negocio el servicio denominado “3DS2” o “3D-SECURE2” 3DS2 es un protocolo de autenticación diseñado para mejorar la seguridad de las transacciones en línea con tarjetas de crédito y débito de las marcas VISA, MasterCard y American Express (AMEX). Esta funcionalidad es una herramienta adicional de protección para el Negocio y los titulares de tarjetas de crédito y/o débito, para combatir los contracargos y fraudes en línea.

Condición para la activación del servicio. Para la contratación del servicio de 3DS2, en cualquiera de sus modalidades, el Negocio deberá tener celebrado contrato vigente con Conekta, y contar con el método de pago con Tarjetas activado. De cumplir con las condiciones anteriores, el Negocio podrá activar desde su Panel o realizando una integración vía Pagos a la medida (Direct API o Component), el servicio de 3DS2 para poder empezar a usar el doble factor de autenticación. A partir de que el Negocio empiece a utilizar el servicio Conekta realizará el cobro de este conforme a lo establecido en el título “Costo del Servicio”.

Funcionalidad del Servicio de 3DS2. La principal función de 3DS2 en tarjetas es añadir una capa adicional de seguridad durante la transacción. Al implementar la funcionalidad de 3DS2, Conekta proporciona a el Negocio una solución que reduce el riesgo de fraudes y transacciones no autorizadas o poco fiables.

Cuando los Clientes del Negocio realicen una transacción con una tarjeta de débito o crédito que cuente con 3DS2 habilitado, se activará un proceso de doble autenticación en tiempo real. Este proceso involucra la verificación del titular de la tarjeta, lo que aumenta la confianza en la transacción y disminuye la probabilidad de que se realicen cargos fraudulentos.

El protocolo 3DS2 funciona mediante la solicitud de información adicional al titular de la tarjeta durante la transacción. Esto puede incluir la introducción de una contraseña, un código de seguridad enviado al teléfono móvil del titular, o incluso una huella digital.

La solicitud de información adicional es comúnmente denominada “challenge” y permitirá verificar la identidad del titular de la tarjeta y asegurarse de que la transacción efectuada por el Cliente sea legítima.

Dependiendo de la fiabilidad y las características de la transacción, la misma podrá pasar por un tipo de flujo de 3DS2 denominado “frictionless”, el cual no solicita información adicional al propietario de la tarjeta, pero validará el dispositivo desde donde se realice la transacción. Este tipo de transacciones cumplen con todos los estándares de 3DS2.

Estas modalidades (challenge y frictionless) son decisión del emisor de la tarjeta, por lo que Conekta no tiene responsabilidad alguna sobre las mismas.

Costo del Servicio. Por la prestación del servicio Conekta cobrará a el Negocio las comisiones establecidas en el siguiente enlace https://www.conekta.com/pricing para el servicio de 3DS2.

La comisión será cobrada por cada intento de transacción que pase por el flujo 3DS2, sin importar si la misma es determinada como exitosa o no.

El costo del servicio podrá ser modificado por Conekta de conformidad a lo establecido en la Cláusula Segunda del Contrato.

SUPLEMENTO DE BUY NOW PAY LATER (BNPL)

Objeto. Por medio de este suplemento, el Negocio contrata los servicios de Conekta, el cual se presta a través de un proveedor autorizado, para ofrecer a sus Clientes la opción de financiar sus compras mediante el esquema Buy Now Pay Later (BNPL), con o sin intereses. Este esquema permite a los Clientes dividir el pago de sus compras en cuotas mensuales, con o sin intereses, mientras que el Negocio recibe el monto total de la venta menos la comisión correspondiente. El Cliente pagará las cuotas directamente al proveedor del servicio BNPL.

Generación de Opción BNPL. El Negocio podrá habilitar la opción BNPL mediante una configuración manual con Conekta.

Condiciones de Pago.
El Negocio recibe el monto total de la venta menos la comisión más IVA  de conformidad a los tiempos de dispersión que se señalan más adelante, independientemente de las cuotas que el Cliente pagará al proveedor de BNPL.
Las cuotas y los meses disponibles serán gestionados directamente por el proveedor de BNPL, quien se encargará de recibir los pagos mensuales del Cliente, sin intervención de el Negocio.

Cobro de Comisión.
Conekta, cobrará una comisión sobre el precio total de la transacción, la cual se encuentra definida de acuerdo con el tabulador, comisiones y pagos descritos por Conekta al Negocio por cualquier canal de comunicación oficial. 
La comisión será deducida por Conekta al momento de procesar el pago a el Negocio.

Especificaciones Técnicas.
La información técnica necesaria para habilitar y gestionar el servicio BNPL está disponible en el Panel de Conekta o en la documentación de la API correspondiente.

Responsabilidad del Uso de BNPL.
El Negocio es responsable de configurar correctamente las opciones BNPL y de informar adecuadamente a los Clientes sobre las condiciones de pago.
Conekta, no se responsabiliza por el cumplimiento de las cuotas del Cliente, ni por la ejecución de la venta realizada por el Negocio.

Tiempos de dispersión: Los depósitos por las Transacciones usando los servicios BNPL generadas se realizan de acuerdo con la siguiente tabla:

Tabla de Métodos de Pago
Método de Pago Notificación Depósito
BNPL Tiempo real 2 (dos) días hábiles

Cancelación de BNPL.
El Negocio puede cancelar el uso del servicio BNPL en cualquier momento, siempre y cuando, se ajuste a las políticas acordadas con Conekta, y al presente Suplemento y Contrato.
Conekta se reserva el derecho de cancelar, y/o modificar el servicio BNPL a el Negocio con previo aviso a el Negocio.